La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) publicó la resolución 1654/2024 que establece la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento.
Esta nueva resolución, busca garantizar un proceso claro y transparente para la emisión del CUD, eliminando la confusión generada por la anterior normativa. A partir de ahora, los certificados incluirán la leyenda «Sin Vencimiento conforme a la Ley 27.711», simplificando los trámites y eliminando barreras innecesarias.
De esta manera, y en cumplimiento de lo dispuesto por dicha Ley, el CUD se expedirá con o sin vencimiento, conforme a los criterios establecidos en la Resolución 1658/2024 y su anexo complementario. Esto implica que aquellas personas que han tenido renovaciones previas, las personas mayores de cierta edad certificadas, o aquellas que requieren el uso de equipamiento permanente, no estarán obligadas a renovar su certificado, siempre y cuando no se haya producido un cambio significativo en su perfil de funcionamiento y participación plena.
Criterios para el CUD sin vencimiento:
1- Renovaciones Previas: personas con dos certificados previos y un perfil constante.
2- Personas Mayores: aquellos mayores de 60 años con funciones estables por al menos 5 años.
3- Necesidad de Equipamiento Permanente: uienes requieren dispositivos constantes para preservar funciones vitales.