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2 junio, 2016
Comunicación y Medios

Operativos preventivos en Chasicó

La Subdirección de Agencia Ambiental, junto a la Subsecretaría de Protección Ciudadana y las áreas de Bromatología e Inspección General continúan realizando controles preventivos y de concientización en  la Laguna Chasicó, como parte de las medidas dispuestas para el ordenamiento de las actividades humanas en la Reserva Natural.

En este sentido, se brindó información a los visitantes, pescadores y a los vecinos de la localidad de Chapalcó sobre la  pesca deportiva en ambientes acuáticos lagunares, con el fin de dar cumplimiento  a la Ley Provincial 11.477 que regula la actividad en beneficio de la protección de la biodiversidad.

Durante los operativos de prevención, se concientizó a los pescadores de muelle como de costa sobre la pesca deportiva, reglamentada por la Dirección de Pesca a través de la Disposición N° 19/96, que sólo permite la utilización de una caña por pescador.

Ésta debe estar provista, tanto para la línea de flote como de fondo, de un máximo de 3 anzuelos simples, de abertura inferior de 7,8 mm como mínimo, estando  prohibido el uso de redes y/o trasmallos y la talla mínima de captura, que es de 25 cm.

Temporada de Pesca

  • Desde 2 de diciembre de cada año al 31 de agosto del siguiente.
  • El número máximo de piezas a extraer por pescador es de 40 por día.
  • En Temporada de Veda (Sábados,  Domingos y Feriados) del 1 de septiembre hasta el 1 de Diciembre; el número máximo de piezas a extraer por pescador es de 30 por día.

Licencias de Pesca – Ley Provincial 11477 Art. 21

Se la puede obtener a través de www.maa.gba.gov.ar/pesca


 


 

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