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28 abril, 2023
Comunicación y Medios

ANMAT prohibió la comercialización de una serie de medallones vegetales

El Departamento de Bromatología dependiente de la Secretaría de Salud, según lo notificado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), informa a la población, que se prohíbe la comercialización de los siguiente productos:

  • “Medallón congelado de arroz yamaní, arvejas y espinaca (Registro Nacional de Producto Alimenticio) RNPA 16020889”
  • “Medallón congelado de quinoa, garbanzos y cebolla – RNPA 16020885”
  • “Medallón congelado de garbanzos, porotos negros y remolacha – RNPA 16020875”
  • “Medallón congelado de garbanzo, porotos negros, puerro, cebollas y pasta de sésamo – RNPA 16020897”
  • “Medallón congelado de lentejas, garbanzos y zanahorias – RNPA 16020876”
  • “Medallón congelado de lentejas, calabaza y cebollas, libre de gluten – RNPA 16020877”

Todos ellos con Registro Nacional de Establecimiento (RNE) número 16-002070, de la marca Fast Good en envases de 4 unidades, rotulados como alimentos “SIN TACC”, número de lote 96 y fecha de vencimiento 30/09/23.

Motivo: los productos se encuentran en infracción a los artículos 6 bis, 155 y 1383, del Código Alimentario Argentino (CAA), por estar falsamente rotulados al consignar en el rótulo el atributo de Alimentos Libres de Gluten , y llevar el símbolo y la leyenda “Sin T.A.C.C.”, sin estar autorizados con tal atributo, resultando ser en consecuencia ilegales.

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